Interpretación dinámica de los convenios para evitar la doble imposición en realción con las rentas de artistas y deportistas

  1. Rodríguez Losada, Soraya
Revista:
Revista Aranzadi de derecho de deporte y entretenimiento

ISSN: 2171-5556

Ano de publicación: 2012

Número: 35

Páxinas: 139-170

Tipo: Artigo

Outras publicacións en: Revista Aranzadi de derecho de deporte y entretenimiento

Resumo

Es bastante habitual que los artistas y deportistas reciban retribuciones por cesión de sus derechos de imagen. El actual MC OCDE incluye un precepcto específico (el artículo 17) que se encarga de regular el gravamen internacional de estas rentas, incluyendo dos supuestos: la obtención directa de la renta por parte del artista o deportista, y la obtención a través de otra persona, normalmente una sociedad. La inclusión en el MC OCDE de las rentas de artistas o deportistas percibidas a través de una entidad tuvo lugar con posterioridad a la firma de muchos convenios, sin que éstos hayan sido modificados para acoger esta cláusula de modo expreso. En esta línea, la utilización de la interpretación dinámica aplicada al artículo 17 de los CDIs está siendo una vía utilizada por la Administración tributaria y los Tribunales para aplicar a estas rentas un tratamiento fiscal que, en principio y según el CDI aplicable, no le corresponde.