El período de prueba en el contrato de trabajo
- CABEZUDO RODAS, JOAQUÍN
- Jesús Cruz Villalón Director
Universidade de defensa: Universidad de Cádiz
Fecha de defensa: 07 de xuño de 2002
- Miguel Rodríguez-Piñero Royo Presidente/a
- Ángel Luis de Val Tena Secretario/a
- Carmen Sáez Lara Vogal
- Jaime Cabeza Pereiro Vogal
- María Teresa Pérez del Río Vogal
Tipo: Tese
Resumo
El período de prueba, objeto de estudio de la presente tesis doctoral, es una institución jurídico-laboral clásica conformada en torno a tres caracteres esenciales: su finalidad experimental, su breve duración y las amplias facultades resolutorias derivadas del desistimiento "ad nutum". Tales notas identificativas le impremen una línea de continuidad entre las primitivas regulaciones (bien paccionadas, bien legales) y las actuales (Estatuto de Trabajadores y convenidos colectivos, preferentemente), dado que en todo momento se ha empleado como medio para que las partes lleguen a conocerse en el día a día desde el plano personal, profesional y organizativo de la empresa, o que siempre se le ha encuadrado en la primera fase de la relación laboral, o que su empleo suele estar motivado en gran medida por las facilidades que disponen las partes para dar por terminada la relación laboral durante este lapso de tiempo. De ahí que el trabajo se haya proyectado al estudio del instituto de prueba desde una triple perspectiva: 1,- Al conocimiento intrínseco del instituto de prueba, cuyos caracteries identificativos son tanto su finalidad, como su carácter transitorio y generalmente de corta duración o las amplias facultades de las partes para dar por terminado el contrato (desistimiento "ad mutum"). 2,- Al análisis de su justificación en el actual marco jurídico-laboral, en el que prolifera la temporalidad de las contrataciones y existe un marco laboral más flexible. 3,- A la formulación de propuestas "lege ferenda" tendentes a corregir algunas de las disfunciones que su empleo abusivo genera. La tesis no aboga por la desaparición del instituto de prueba, pero sí juzga que su utilización no siempre está justificada; entiende que resulta, en cierto sentido, anacrónico, artificial y que se presta a su empleo abusivo por parte del empleador. Por ello, requiere reformas, que se enumeran en la tesis.