Tres décadas de evaluación de impacto ambiental transfronteriza en la Unión Europea: La apreciación del impacto transfronterizo en España

  1. Fernando Vicente Davila 1
  2. Gonzalo Méndez Martínez 1
  1. 1 Universidade de Vigo
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    Universidade de Vigo

    Vigo, España

    ROR https://ror.org/05rdf8595

Revista:
Medio Ambiente & Derecho: Revista electrónica de derecho ambiental

ISSN: 1576-3196

Ano de publicación: 2018

Título do exemplar: PROYECTO DE INVESTIGACIÓN DER2017-85981-C2-2-R "Derecho Ambiental, Recursos naturales y Vulnerabilidad"

Número: 33

Tipo: Artigo

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Resumo

Han transcurrido ya más de 30 años desde la incorporación al acervo comunitario de las reglas del Convenio de Espoo que establecían un sistema de obligaciones de notificación y consulta al país vecino respecto a las posibles repercusiones ambientales significativas que pueden derivarse de la ejecución de un proyecto en territorio nacional. La tarea de clarificar qué es repercusión significativa transfronteriza no resulta fácil en la práctica. La determinación de este concepto fundamental para llevar a cabo la evaluación ambiental transfronteriza participa de la naturaleza de lo que en nuestro derecho interno se denomina concepto jurídico indeterminado, cuya apreciación se debe dilucidar a la luz de criterios como el contexto, la intensidad y la naturaleza del caso concreto. La transposición de este sistema de obligaciones de la Directiva 97/11/CE mediante el Real Decreto-Ley 9/2000, de 6 de octubre, ha supuesto numerosas notificaciones de España para la prevención de posibles impactos transfronterizos. Sin embargo, siguen subsistiendo varios casos de proyectos que no han sido notificados ni consultados y que han causado manifestaciones de rechazo por las autoridades y ciudadanos en países vecinos como ha sucedido con el vecino Portugal. Las omisiones de notificación, explicadas en muchos casos por la diferente percepción entre países respecto a la magnitud y significatividad del impacto transfronterizo, obstaculizan esa deseable cooperación interestatal que pretende la Unión Europea con el sistema de evaluación de impacto ambiental transfronteriza (EIAT). De cara al futuro, estas obligaciones de notificación y consulta internacionales deben estar presididas por el principio de transparencia para asegurar la efectividad del sistema y la confianza recíproca entre los Estados Miembros.