El trabajo doméstico en la normativa de la OIT

  1. Jaime Cabeza Pereiro 1
  1. 1 Catedrático de Derecho del Trabajo. Universidad de Vigo
Revista:
Trabajo y derecho: nueva revista de actualidad y relaciones laborales

ISSN: 2386-8090

Ano de publicación: 2019

Número: 9

Tipo: Artigo

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Resumo

La aprobación del Convenio 189 y de la Recomendación 201, en el año 2011, supuso un hito fundamental para el trabajo doméstico. Ambas normas internacionales han sido concebidas desde la perspectiva de los derechos humanos y del trabajo decente. El empleo doméstico ha estado sometido tradicionalmente a una escasa consideración social y, en consecuencia, a una menor protección que el trabajo en otros ámbitos de actividad. Su alto grado de feminización, el alto porcentaje de trabajadoras migrantes, el gran impacto de las agencias privadas de empleo, o su relativamente alta incidencia entre minorías raciales son circunstancias que explican la precariedad del trabajo en el hogar familiar y la vulnerabilidad de las personas ocupadas en él. Aspectos tales como la regulación del tiempo de trabajo, el establecimiento de ciertas garantías retributivas mínimas, la extensión de los derechos de Seguridad Social, la seguridad y salud en el trabajo o, en general, el control del cumplimiento de la normativa laboral, constituyen asuntos en los que ambas normas incluyen mandatos u orientaciones dirigidas a los Estados Miembros.