Responsabilidad civil por vicios de la construcción en el ordenamiento jurídico españolsistema de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y su concurrencia con otros regímenes

  1. Puga Pérez, María Yanet
unter der Leitung von:
  1. Roberto O. Bustillo Bolado Doktorvater
  2. Marta Carballo Fidalgo Doktorvater/Doktormutter

Universität der Verteidigung: Universidade de Vigo

Fecha de defensa: 20 von Dezember von 2022

Gericht:
  1. Carmen González Carrasco Präsident/in
  2. Ana Díaz Martínez Sekretär/in
  3. Rafael Colina Garea Vocal
Fachbereiche:
  1. Dereito público

Art: Dissertation

Zusammenfassung

En el presente trabajo se estudian pormenorizadamente los elementos, tanto subjetivos como objetivos, del régimen legal de la responsabilidad civil especial derivada de los vicios o defectos de la construcción de los edificios, contenido en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación, subrayando las diferencias que presenta con respecto al régimen precedente en la materia, establecido por el artículo 1591 del Código Civil. En dicho análisis se tratan los presupuestos de la acción de responsabilidad, los sujetos responsables, los aspectos sustantivos y procesales de la reparación del daño causado y el acto de recepción de la obra como colofón del proceso material edificativo, al que se presta especial atención, dados los trascendentales efectos que produce en tal sistema. Como una vía para ahondar en dicho estudio se delimita con precisión el perímetro del indicado régimen para deslindarlo de otros existentes en nuestro ordenamiento jurídico y a través de los que también se puede obtener la reparación de los indicados vicios, analizando la compatibilidad entre uno y otros. Con un enfoque predominantemente práctico, aunque sin dejar de lado el estudio dogmático de las instituciones implicadas, se identifican los problemas que pueden dificultar el éxito de la pretensión reparadora ejercitada por el perjudicado en vía judicial y se efectúan propuestas destinadas a superarlas.