Despido en situación de baja por ausencias al trabajo y desobediencia.Comentario a la STSJ de Andalucía, Sevilla, de 26 de octubre de 2022
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Universidade de Vigo
info
ISSN: 2444-3476
Año de publicación: 2023
Número: 266
Páginas: 187-196
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista española de derecho del trabajo
Resumen
La sentencia del TSJ de Andalucía (Sevilla) de 26 de octubre resuelve el recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia del Juzgado de lo Social que declara improcedente el despido de la trabajadora por faltas de asistencia reiteradas al trabajo y desobediencia. Los incumplimientos imputados se consideran justificados por el estado de salud de la trabajadora, acreditado por su situación de baja médica. Tras la Ley 15/2022, si la persona trabajadora aporta indicios de discriminación por enfermedad o estado de salud y el empresario no acredita causa alguna que justifique la procedencia del despido, este sería probablemente declarado nulo.