Despido en situación de baja por ausencias al trabajo y desobediencia.Comentario a la STSJ de Andalucía, Sevilla, de 26 de octubre de 2022

  1. Marta Fernández Prieto 1
  1. 1 Universidade de Vigo
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    Universidade de Vigo

    Vigo, España

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Revista:
Revista española de derecho del trabajo

ISSN: 2444-3476

Ano de publicación: 2023

Número: 266

Páxinas: 187-196

Tipo: Artigo

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Resumo

La sentencia del TSJ de Andalucía (Sevilla) de 26 de octubre resuelve el recurso interpuesto por la empresa contra la sentencia del Juzgado de lo Social que declara improcedente el despido de la trabajadora por faltas de asistencia reiteradas al trabajo y desobediencia. Los incumplimientos imputados se consideran justificados por el estado de salud de la trabajadora, acreditado por su situación de baja médica. Tras la Ley 15/2022, si la persona trabajadora aporta indicios de discriminación por enfermedad o estado de salud y el empresario no acredita causa alguna que justifique la procedencia del despido, este sería probablemente declarado nulo.